Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma para reconocer en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la personalidad jurídica y patrimonio propio de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, una iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con la reforma aprobada, los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas dejarán de ser entidades de interés público y se convertirán en titulares de derecho y obligaciones jurídicas. El cambio les otorga el derecho de ser consultados cuando se pretenda implementar alguna reforma o medida administrativa que pueda afectar su vida o entorno.
Durante la discusión, la diputada Irma Juan Carlos, de Morena y quien habló en nombre de los pueblos originarios, dijo que la aprobación marca un momento histórico, pues dijo que después de siglos de exclusión se hace les hace justicia.
“Hoy es un día histórico que quedará grabado en nuestras mentes y corazones como el momento en que, después de más de cinco siglos de invasión, despojo, exclusión, racismo y discriminación, por fin se van a reconocer nuestros derechos inalienables en la Constitución, reafirmando que la grandeza de México está en la gran diversidad de pueblos y culturas que lo conforman”, dijo.
¿Qué beneficios trae la reforma para los pueblos indígenas?
La legisladora destacó que la reforma eleva a rango constitucional el derecho a ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar cuando estas puedan causar afectaciones o impactos significativos en la vida y en el entorno de los pueblos, así como la capacidad de interponer medios de impugnación por violación a este derecho.
La diputada María de Fátima García León, de Movimiento Ciudadano, dijo que la reforma pretende saldar una deuda histórica con los pueblos y comunidades indígenas, pues recordó que la población indígena en pobreza es de 77 por ciento y en pobreza extrema del 35 por ciento, de acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política y Desarrollo Social (Coneval). También aseguró que aún falta expedir ley general de la materia y armonizar el marco normativo de las leyes que correspondan en el ámbito federal y promover las modificaciones jurídicas en los estados.
La reforma establece que cuando la medida administrativa que se pretenda adoptar beneficie a un particular, el costo de la consulta debe ser cubierto por este; y que el particular que obtenga lucro de la medida administrativa debe otorgar a los pueblos y comunidades indígenas un beneficio justo y equitativo, en los términos que establezcan las leyes aplicables.
También establece que es obligación del estado garantizar las condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar, promover, desarrollar y administrar sus medios de comunicación, telecomunicaciones y nuevas tecnologías de la información.
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La reforma fue enviada al Senado de la República para su discusión y en su caso aprobación.
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